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REAL DECRETO 496/2003, de 2 de mayo, por el que se establece el título de Técnico en Atención Sociosanitaria
 Os dejo resumido algunos aspectos que interesan a nuestra causa:
 Entorno profesional y de trabajo.

Este técnico ejercerá fundamentalmente su trabajo en el sector de la Intervención Social.
Podrá integrarse en cualquier estructura u organización empresarial o pública que tenga como objeto la atención sociosanitaria a personas con necesidades especiales de salud física, psíquica y social, fuera de la red de atención sanitaria. En concreto podrá ser contratado por: Administraciones públicas, fundamentalmente municipales y autonómicas encargadas de la gestión y prestación de servicios de atención a personas dependientes. Entidades privadas, con o sin ánimo de lucro, tanto si ofertan servicios directos al usuario como si son responsables de la gestión de servicios o programas de atención de titularidad pública.
Específicamente podrá ejercer sus funciones, bien por contrato laboral directo, bien por contratación para servicios específicos, en los siguientes centros o equipamientos: Centros Residenciales de mayores, discapacitados psíquicos, físicos o sensoriales. Otros modelos residenciales: pisos tutelados de mayores, de discapacitados,... Centros de día, centros de ocio y tiempo libre,... Centros de inserción ocupacional de discapacitados: centros ocupacionales, centros especiales de empleo,... Servicios de atención domiciliaria. Domicilios particulares. En general, este técnico se integrará en equipos de trabajo junto a otros profesionales de igual o inferior nivel: cuidadores, otros técnicos, limpiadores,... dependiendo de los equipos interdisciplinares, con cuyos profesionales: médico, psicólogo, diplomados en: enfermería, fisioterapia y trabajo social, técnico superior en integración social,... colaborará a la hora de desarrollar la intervención directa previamente programada.
Es previsible que este profesional pueda, además, ejercer como autónomo ofertando sus servicios directamente a las unidades convivenciales demandantes o crear su propia empresa de servicios domiciliarios solo o asociado con otros técnicos.

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